SAT
El Gobierno de Guatemala,
por medio del Ministerio de Finanzas Públicas, inició a principios de 1997 un
conjunto de acciones orientadas a transformar y fortalecer el sistema
tributario del país. Dentro de estas acciones se incluyó la creación de la Superintendencia
de Administración Tributaria –SAT-, con el propósito de modernizar la
administración tributaria y dar cumplimiento a los compromisos fiscales
contenidos en los Acuerdos de Paz y el Programa de Modernización del Sector
Público.
El proyecto de la creación y
puesta en operación de la SAT, se inició en septiembre de 1997 con la
integración de un equipo de trabajo responsable de administrarlo. El objetivo general del proyecto consistió en
crear, diseñar y poner en funcionamiento una institución autónoma y
descentralizada, moderna, eficiente y eficaz, que se hiciera cargo de la
administración tributaria y aduanera, y que fuera capaz de incrementar los
ingresos tributarios en forma sostenida, honesta y transparente. La creación de
la SAT fue aprobada por el Congreso de la República, según Decreto Número 1-98,
el cual entró en vigencia a partir del 21 de febrero de 1998.
QUE REALIZA
- Ejercer
la administración del régimen tributario, aplicar la legislación
tributaria, la recaudación, control y fiscalización de todos los tributos
internos y todos los tributos que gravan el comercio exterior, que debe
percibir el Estado, con excepción de los que por ley administran y
recaudan las Municipalidades;
- Administrar
el sistema aduanero de la República de conformidad con la ley, los
convenios y tratados internacionales ratificados por Guatemala, y ejercer
las funciones de control de naturaleza paratributaria o no arancelaria,
vinculadas con el régimen aduanero;
- Establecer
mecanismos de verificación de precios, origen de mercancías y denominación
arancelaria, a efecto de evitar la sobrefacturación o la subfacturación y
lograr la correcta y oportuna tributación. Tales mecanismos podrán
incluir, pero no limitarse, a la contratación de empresas internacionales
de verificación y supervisión, contratación de servicios
IMPUESTO
IUSI EN NUESTRO PAIS Y SI ESTA VIGENTE
El IUSI es
el Impuesto Único Sobre Inmuebles que es recaudado por el
estado de Guatemala sobre el valor fiscal que tienen bienes como terrenos,
construcciones, edificios, estructuras, etc.
¿Cómo
se paga?
Cualquier
persona que es la propietaria de un inmueble deberá pagar el IUSI. Este pago es
anual, sin embargo, según lo establece la ley, el contribuyente deberá cancelar
de forma trimestral durante los siguientes meses: abril, julio, octubre y enero
del año siguiente.
Fue
creado en convenio el 24 de enero de 1995 entre la Municipalidad de Guatemala y
el Ministerio de Finanzas y es regulado por el Decreto No. 15-98 del Congreso
de la República durante el gobierno de Álvaro Arzú. La ley que regula este
impuesto contiene 49 artículos.
Según
el Artículo 12, están exentas por los bienes inmuebles que presentan, las
siguientes entidades:
- El
Estado, sus entidades descentralizadas, autónomas y las Municipalidades
- Las
Misiones Diplomáticas y Consulados
- Las
universidades
- Las
entidades religiosas
- Los
centros educativos que sean privados
- Los
colegios profesionales
- La
Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala (CDAG) y el Comité Olímpico
Guatemalteco (COG)
Este
impuesto tiene como objetivo principal el contribuir al desarrollo de los
habitantes de cada municipio. La recaudación del mismo se divide en dos
maneras: La primera, que corresponde al 70%, es destinado a la municipalidad
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